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“Vamos a reformar el 127 para que no puedan, bajo ninguna argucia legaloide, violar la Constitución” : AMLO

Se redactará con mayor claridad y contundencia en el artículo 127 de la Constitución el principio de que ningún servidor público de los tres poderes pueda ganar más que lo que perciba legalmente el Presidente de la República

El presidente Andrés Manuel López Obrador informó que se busca reformar el artículo 127 constitucional para que bajo ninguna argucia legaloide puedan seguir violando la Constitución.

El Presidente agregó que se está viviendo un momento estelar en la historia de México porque se está transformando y garantizando libertades sin censura.
Insistió, además, en que era necesario llevar a cabo las transformaciones para no continuar con la decadencia que dejó como fruto podrido la política neoliberal.

“Se volverá a redactar con mayor claridad y contundencia en el artículo 127 de la Constitución el principio de que ningún servidor público de los tres poderes pueda ganar más que lo que perciba legalmente el presidente de la República”

Con esta modificación se busca convertir en política de Estado la austeridad republicana; se redactará con mayor claridad y contundencia en el artículo 127 de la Constitución el principio de que ningún servidor público de los tres poderes pueda ganar más que lo que perciba legalmente el Presidente de la República. De igual modo, no se permitirán privilegios ni extravagancias en ninguno de los poderes del gobierno federal.

Existía una controversia por la redacción del citado artículo por lo que se contemplan nuevos candados para que efectivamente ningún funcionario público pueda ganar más que el Presidente de la República, como el hecho de considerar además del salario del presidente los los recursos públicos asignados a sus gastos de vida, de los cuáles no hay rendición de cuentas.

Con tales modificaciones, el texto nuevo, ya con la reforma quedaría de la siguiente manera:

“No forman parte de la remuneración los gastos sujetos a comprobación, los gastos de viaje en actividades oficiales, servicios de seguridad y, en general, aquéllos que sean propios del desarrollo del cargo y se realicen en el cumplimiento de funciones oficiales reglamentadas y autorizadas, incluyendo los inherentes al funcionamiento de residencias, sedes, oficinas e instalaciones asignadas para el desempeño del cargo, transportes, así como uniformes oficiales, alimentación, protección civil, equipamientos y demás enseres necesarios, con excepción de los gastos prohibidos por la ley en la materia”.

SinEmbargo

Editor

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