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  • SAT anuncia que no se cobrarán impuestos por depósitos bancarios para tandas

    SAT anuncia que no se cobrarán impuestos por depósitos bancarios para tandas

    CIUDAD DE MÉXICO (proceso.com.mx).– El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que es falso que se busque cobrar impuestos por depósitos en efectivo realizados en instituciones bancarias, ya sea para aquellas personas que venden sus productos en internet y para quienes organizan las populares “tandas”.

    El órgano tributario informó que no se vigilará, ni cobrará algún tipo de impuesto, al hacer las transacciones en sucursales. 

    Es importante aclarar que todos aquellos depósitos que se realizan para gastos de padres a hijos o viceversa, pagos por venta de catálogo (cosméticos, utensilios de cocina y del hogar, aceites esenciales, entre otros), tandas o préstamos personales no se les vigilará, ni cobrará algún tipo de impuesto", informó en un comunicado este domingo

    El SAT aseguró que esto fue una mala interpretación, pues la confusión se generó a raíz de la propuesta que hizo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de incluir en el Paquete Económico 2022, “que los bancos entreguen información relacionada con los depósitos en efectivo de manera mensual y no anualmente, como se maneja actualmente”.

    Por lo que reiteró que no se “cobra impuestos por depósitos en efectivo y tampoco se incorporó en esta miscelánea fiscal”.

    Mencionó que la propuesta que se realizó al respecto, gira en torno a que las instituciones financieras otorguen información mensual de aquellos contribuyentes que estén bajo un proceso de alguna auditoría, fiscalización o revisión por parte del SAT.

    Recordó que esto sucede para evitar defraudaciones fiscales como las de los Panama Papers o los Pandora Papers, pues si se detecta una incongruencia entre los gastos e ingresos, el SAT podrá solicitar la información de sus depósitos a las instituciones financieras que cuenten con esta información.

    “De estas auditorías se realizan anualmente a un porcentaje muy pequeño del universo de contribuyentes ya que, de 70 millones solo se revisa a 10 mil al año aproximadamente”, indicó el organismo. 

    Fuente Proceso

  • ¿Deducir la gasolina ante el SAT? Sí, es posible

    ¿Deducir la gasolina ante el SAT? Sí, es posible

    Solamente se pueden deducir los gastos en gasolina de automóviles con un valor máximo de 175,000 pesos. (Foto: iStock)

    La gasolina es uno de los gastos constantes para las personas cuyo trabajo o ingresos dependen del uso del automóvil. En muchos casos, las facturas de gasolina pueden servir para deducir impuestos en la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

    Este beneficio fiscal se trata de la deducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA), en la declaración anual de impuestos, tanto para personas morales como físicas, en determinados casos.

    ¿Quiénes pueden deducir gasolina o combustible?

    Las personas morales, es decir, todas las empresas, pueden deducir el IVA del gasto total en gasolina. Esto será posible si se cumplen los siguientes requisitos:

    • Que los autos con los que se efectuó el gasto sean propios.
    • Que sean en comodato. O sea, que el automóvil del empleado haya sido arrendado a la empresa sin costo.
    • Que se trate de un leasing o autos arrendados a concesionarias con un valor máximo de 175,000 pesos o 250,000 pesos si se trata de un auto híbrido.

    Las personas físicas también pueden deducir este impuesto a las gasolinas a través de los siguientes regímenes fiscales:

    • Honorarios
    • Actividad empresarial
    • Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)

    Requisitos para deducir gasolina

    • La deducción de impuestos por concepto de consumo de gasolina se hace de manera proporcional al costo del vehículo.
    • Los automóviles se deducirán hasta por un precio de 175,000 pesos o 250,000 pesos si son híbridos o eléctricos.
    • Si se trata de un automóvil arrendado, solamente puede ser deducible hasta por 200 pesos al día, con un tope de 6,000 pesos al mes.

    Los contribuyentes deben saber que, para ser deducibles, los gastos en gasolina deben ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad a la que se dedica el contribuyente, ya sea persona física o moral.

    Es importante señalar que, para el año 2022, el SAT solamente permitirá el acreditamiento del IVA de las compras de combustible realizadas a empresas con permiso de la Comisión Reguladora de Energía y la Secretaría de Energía.

    Formas de pago válidas para deducir gasolina

    Las formas de pago que acepta el SAT para deducir los gastos en gasolina son los hechos a través de:

    • Cheque nominativo.
    • Tarjeta de crédito, débito o de servicios.
    • Monedero electrónico de combustibles aceptado por el SAT.
    • Transferencia electrónica de fondos a nombre del contribuyente.

    Los pagos en efectivo no sirven para acreditar el IVA, a pesar de tener una factura electrónica que compruebe el gasto efectuado. A excepción de que se traten de operaciones realizadas en zonas rurales que no cuentan con servicios financieros.

    Fuente Expansión

  • Miscelánea fiscal 2022: Régimen simplificado de confianza

    Miscelánea fiscal 2022: Régimen simplificado de confianza

    Foto ilustrativa SAT

    Por Arturo del Bosque – La cámara de diputados y senadores, en ejercicio de sus atribuciones, aprobaron para el 2022 la miscelánea fiscal enviada por el ejecutivo, en cumplimiento de su obligación, esta miscelánea fiscal es acorde a la política ejercida por el gobierno y responde a una necesidad ampliamente demandada por la población, la simplificación administrativa, en este sentido se crea un REGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA, esta propuesta se ideo desde la presentación del Proyecto alternativo de nación en el que se otorga confianza a la ciudadanía y ahora se le dan las herramientas administrativas para hacer valer ante la autoridad, dicha confianza.

    En la exposición de motivos, como veremos a continuación, el ejecutivo se mantiene en la misma línea que trazo desde antes de el inicio de su gobierno, no aumento de impuestos y no creación de nuevos gravámenes.

    Veamos.  Exposición de motivos.

    El Ejecutivo Federal a mi cargo convencido de la importancia y trascendencia que tiene continuar con la política que consolide la transformación del país, reitera su compromiso de no crear nuevos impuestos, así como de combatir frontalmente la corrupción y la impunidad.

    AMLO

    La experiencia de la administración tributaria dirige las decisiones de gobierno a seguir impulsando medidas con el objetivo de simplificar el cumplimiento de las disposiciones fiscales y al mismo tiempo fortalecer las herramientas con las que cuentan las autoridades para asegurar el debido cumplimiento de las normas tributarias, incluyendo las relativas al ejercicio de facultades de gestión tributaria.

    La recaudación y administración de las contribuciones es una de las actividades inmanentes del Estado. Correlativamente, el pago de las mismas constituye la aportación de los ciudadanos para sufragar el gasto público. Dada la importancia de dicha actividad, se demanda del Estado ejercite sus atribuciones con eficiencia, legalidad, transparencia y rendición de cuentas; mientras que del contribuyente se espera honestidad, cumplimiento oportuno y solidaridad.

    Por otro lado, habida cuenta de una mayor demanda de recursos públicos para atender las necesidades de salud pública y fortalecer los programas sociales, el Servicio de Administración Tributaria implementó un programa de fiscalización y cobro de adeudos fiscales de los grandes entes económicos del país, que permitió rebasar la meta de recaudación fijada para el ejercicio fiscal 2020 y cumplir con la esperada para 2021. Asimismo, aún y con las contrariedades derivadas de la pandemia, se recibieron, procesaron, analizaron y resolvieron oportunamente las solicitudes de devolución de los contribuyentes.

    AMLO

    Aun y cuando se ha cumplido la promesa de no aumento ni creación de nuevos impuestos, la Hacienda Pública no ha visto mermados sus ingresos tributarios básicamente por dos cuestiones, la confianza de los contribuyentes y el cumplimento de sus obligaciones, así como el cobro a grandes corporaciones que por años gozaron de tratos preferenciales, la eliminación de la condonación fiscal le permitió al gobierno, aun y cuando se sufrió la más grave crisis económica de los últimos cien años debido a la pandemia, mantener los niéveles de recaudación e  incluso incrementarlos en algunos rubros, esto fue también señalado en la exposición de motivos por el presidente de la republica.

    Las dificultades enfrentadas y los resultados obtenidos han reforzado la convicción del Ejecutivo Federal a mi cargo de que no es necesario aumentar los impuestos o crear nuevos, y que la justicia tributaria se logra cuando el pago correcto y oportuno de las contribuciones no depende de las estrategias fiscales o legales implementadas por quienes tienen acceso a ellas.”

    Esta miscelánea fiscal contempla además la incorporación al REGISTRO FEDERAL DE CAUSANTES a los jóvenes mayores de dieciocho años, esta propuesta ha sido utilizada por la prensa de derecha para denunciar un falso terrorismo fiscal en contra de los jóvenes, nada más alejado de la realidad, el motivo por el que se convoca a los jóvenes a registrase, versa en dos sentidos, por un lado fomentar la cultura fiscal, es decir el cumplimiento de obligaciones, la mayoría de edad además de derechos te otorga obligaciones, además para proteger a los jóvenes del robo de identidad, esto es frecuente entre jóvenes de menos de 20 años y adultos mayores de ochenta, las facturaras utilizan sus RFC para defraudar al fisco, la incorporación es voluntaria, no se adquiere ninguna obligación tributaria a menos que el contribuyente se encuentre activo en algunos de los regímenes fiscales y no habrá ningún tipo de sanción a quien incumpla con tal registro.

    Con el régimen propuesto, los contribuyentes podrán cumplir con sus obligaciones de una manera ágil y sencilla ya que únicamente deberán:

    1. Inscribirse o actualizar su Registro Federal de Contribuyentes.
    2. Generar su firma electrónica avanzada y activar su buzón tributario.
    3. Expedir y solicitar facturas a través del Portal del Servicio de Administración
    4. Tributaria.
    5. Ingresar al Portal de la citada autoridad donde encontrarán su información precargada.
    6. Generar la línea de captura y realizar el pago correspondiente, en caso de que proceda. Cabe destacar que la mayoría de los contribuyentes ya cuentan con lo previsto en los primeros puntos.


    Además de la simplificación señalada, el nuevo régimen prevé tasas impositivas mínimas que se aplican de manera progresiva de acuerdo con los ingresos que obtenga el contribuyente, pudiendo ser incluso del 1% cuando los ingresos anuales no son mayores de $300,000.00, aplicando una tasa de máxima de 2.5% para quienes obtengan ingresos de $2’500,000.00 y hasta $3’500,000.00. Con ello, la tributación anual de estos contribuyentes sería por ejemplo, de $3,000.00 anuales para quienes reciban los ingresos señalados en primer término.

    Imagen de ILIF.


    Cabe señalar que, para determinar el monto máximo de ingresos anuales de tres millones quinientos mil pesos para tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, se analizó el padrón de contribuyentes activos al cierre del ejercicio fiscal 2020, con un total de 79.8 millones de contribuyentes, de los cuales 12.5 millones son personas físicas que realizan actividades empresariales pertenecientes a los regímenes que se asemejan en su forma de tributar.

    De los 12.5 millones de contribuyentes personas físicas con actividad empresarial, 10.2 millones perciben ingresos menores a tres millones quinientos mil pesos anuales, lo que representa que el 81.6% de dichos contribuyentes se verán beneficiados con el nuevo Régimen Simplificado de Confianza.

    Uno de los aspectos más sobresalientes de esta miscelánea lo constituye el tratamiento que se propone a los artículos de gestión menstrual veremos la interesante exposición de motivos y la justificación de esta propuesta.

    “Una diferencia importante por género es el proceso de menstruación, función natural del género femenino, cuyo ciclo se repite aproximadamente cada mes”.

    Para atender este proceso natural existen en el mercado productos sanitarios, como son las toallas, tampones y copas sanitarias para uso menstrual. Dichos productos están gravados en el IVA con la tasa del 16%. El gravar los productos que atienden la menstruación significa que este impuesto tiene una incidencia económica en las mujeres por una condición biológica y natural del género femenino.

    Este impuesto afecta más a las mujeres en situación de pobreza en nuestro país porque no pueden comprar los productos mencionados ante la falta de recursos, derivado del traslado del impuesto que efectúa el enajenante, con los consiguientes efectos negativos en su higiene y riesgos de salud. En efecto, un amplio sector de la población corresponde a mujeres en situación de pobreza que no cuentan con recursos económicos para adquirir dichos productos, por ejemplo, las niñas y adolescentes que habitan en zonas marginadas del país, lo cual incluso perjudica su rendimiento escolar cuando no les es posible acudir a las escuelas.

    Al respecto, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) se ha pronunciado en el sentido de que “hay muchas niñas y mujeres que no se pueden permitir comprar compresas o tejidos higiénicos y, a menudo, deben utilizar materiales poco salubres como periódicos, que pueden causar infecciones. En algunos casos, cuentan con tejidos adecuados, pero no con los medios para mantenerlos lo suficientemente limpios para reutilizarlos (…) la falta de un lugar seguro o la capacidad para manejar la higiene menstrual, así como la falta de medicamentos para tratar el dolor
    relacionado con la menstruación, pueden contribuir a tasas más altas de ausentismo escolar y malos resultados educativos. Algunos estudios han confirmado que cuando las niñas no pueden manejar adecuadamente la
    menstruación en la escuela, su asistencia y rendimiento escolares se ven afectados”.

    Por ello, se propone a esa Soberanía modificar el tratamiento impositivo expuesto, para que los productos higiénicos mencionados estén sujetos en el IVA a la tasa de 0%, mediante la adición de un inciso j) a la fracción I del artículo 2o.-A de la Ley del IVA, con lo que se espera una disminución del precio de venta de estos productos.

    Como vemos, el gobierno mantiene su compromiso de no aumento de impuestos ni creación de nuevos gravámenes acorde a la política implementada en estos tres años, la recaudación será equitativa y progresiva, si se mantiene el combate a la corrupción la elusión y una política como hasta hoy de austeridad republicana, el dinero alcanzara para las obras prioritarias del gobierno, la cobertura oportuna de las obligaciones con los estados y sobre todo, garantizar el compromiso con los sectores más vulnerables de  garantizar sus apoyos, sobresaliendo el referente  a adultos mayores y personas con discapacidad, sin terrorismo, sin coerción extremo, el titular del poder ejecutivo propone un pacto con la ciudadanía, un pacto llamado CONFIANZA.

  • AMLO anuncia aumento de recursos para los estados; les pide eliminar corrupción y lujos

    AMLO anuncia aumento de recursos para los estados; les pide eliminar corrupción y lujos

    Que no se llame a engaños, la fórmula de las participaciones federales se instauró con Felipe Calderón y Peña Nieto, señaló el presidente López Obrador ante Victoria Rodríguez Ceja, subsecretaria de Egresos. Foto Cristina Rodríguez

    Ciudad de México – Al señalar que se entregan de forma puntual las partidas a los estados, el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) aseveró que para el presupuesto del próximo año habrá un aumento. Dijo que tendrán más de dos billones de pesos.

    Exhortó a que los estados y municipios aumenten su recaudación propia para que no dependan de las participaciones federales a fin de tener más recursos, por ejemplo, cobrando “bien el predial”, además de combatir la corrupción y eliminando gastos superfluos.

    En la conferencia de prensa matutina, indicó que los recursos para los estados y municipios son como lo establece la Ley de Coordinación Fiscal, cuyos cambios se realizaron en los gobiernos de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto.

    https://twitter.com/rochaperiodista/status/1456255361195905027?s=20

    Aseguró que las partidas no están etiquetadas, por lo que los congresos locales deciden de acuerdo a sus necesidades.

    Lo que hemos hecho es cumplir con la entrega de los fondos y lo hacemos de manera puntual, no se retrasa el pago, estamos al día, no hemos dejado de entregar a estados y municipios lo que por ley corresponde

    AMLO

    Indicó que la aclaración es para que no se diga que la Federación no entrega el presupuesto que corresponde, “para que nadie se llame a engaños”.

    “La buena noticia es que van a aumentar las participaciones, van a llegar más recursos a los estados y municipios”, destacó.

    https://twitter.com/rochaperiodista/status/1456257363799777300?s=20

    Victoria Rodríguez Ceja, subsecretaria de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), afirmó que el gasto federalizado propuesto es de 2 billones 108 mil millones de pesos.

    Dijo que es un aumento de 4.7 por ciento en términos reales con respecto este año, lo que representa casi 100 mil millones de pesos adicionales.

    Explicó que el gasto federalizado se compone de recursos transferidos a entidades y municipios por medio de participaciones, aportaciones federales, subsidios y convenios; y está regulado entre otros por la Ley de Coordinación Fiscal y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

    Fuente Reporte Indigo